Planes de
Igualdad
De acuerdo con el 45 LI, el Plan de Igualdad sólo es obligatorio para empresas de entre 50 o más trabajadores o cuando el convenio colectivo así lo determine.
- Desde el 7 de marzo de 2020, las empresas de entre 151 y 250 trabajadores.
- Desde el 7 de marzo de 2021, las empresas de entre 101 y 150 trabajadores.
- Desde el 7 de marzo de 2022, las empresas de entre 50 y 100 trabajadores.
- Cuando así lo obligue a convenio colectivo aplicable.
- Cuando la autoridad laboral haya acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
Aunque haya empresas que no están obligadas a implantar un Plan de Igualdad sí deben disponer de un Protocolo de acoso laboral, independientemente de su número de trabajadores..
Bernat Català
¿Qué pasa si no cumplo la ley?
En caso de incumplir la ley, la empresa puede ser sancionada con una multa de 626 a 6.250€
¿Cómo lo hacemos?
A partir de un diagnóstico de situación los planes de igualdad contemplan un conjunto de medidas para que se pueda lograr "la igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo".
¿Qué empresas están obligadas?
Los planes de igualdad afectan a empresas públicas y privadas y organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
- Desde el 7 de marzo de 2020, las empresas de entre 151 y 250 trabajadores.
- Desde el 7 de marzo de 2021, las empresas de entre 101 y 150 trabajadores.
- Desde el 7 de marzo de 2022, las empresas de entre 50 y 100 trabajadores.
- Cuando así lo obligue a convenio colectivo aplicable.
- Cuando la autoridad laboral haya acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
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Los planes de igualdad afectan a empresas públicas y privadas y organizaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
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